La felicidad, un derecho humano en constante búsqueda
El pasado 20 de marzo, se conmemoró el día de la felicidad. A iniciativa de Bután (país de Asía del sur, en el que desde 1970 se reconoce el valor de la felicidad nacional sobre el de los ingresos nacionales), la asamblea general de la ONU, bajo el decreto 66/281 de 2012, proclama el 20 de marzo de cada año como el “día internacional de la felicidad”.
La ONU, retoma el pensamiento aristotélico, plasmado en la Ética nicomáquea, en la que Aristóteles manifiesta que la felicidad es el fin que todo ser humano busca, considerándolo como el motor que impulsa todas las acciones humanas. Para esto, utiliza el término griego eudemonia eu= bien, y daimon= espíritu, el cual puede ser interpretado como felicidad, sin dejar de lado que también caben significados como prosperidad, riqueza y fortuna.
En este sentido la asamblea general de la ONU:
Rreconoce la pertinencia de la felicidad y del bienestar como objetivos y aspiraciones universales en la vida de los seres humanos de todo el mundo y la importancia de que se reconozcan en los objetivos de las políticas públicas,
Reconociendo también la necesidad de que se aplique al crecimiento económico un enfoque más inclusivo, equitativo y equilibrado, que promueva el desarrollo sostenible, la erradicación de la pobreza, la felicidad y el bienestar de todos los pueblos…
Es por esta razón que desde 2012 surge el Ranking Mundial de la Felicidad, el cual es una clasificación anual que evalúa el nivel de felicidad de los ciudadanos en diversos países. Este ranking se presenta en el Informe Mundial de la Felicidad, publicado por la Red de Soluciones para el Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas. Desde su primera edición en 2012, su objetivo ha sido el de proporcionar una medida global del bienestar y orientar políticas públicas hacia el desarrollo sostenible y la mejora de la calidad de vida de las personas de cada país.
El informe se basa en datos recopilados de la Encuesta Mundial de Gallup, la cual solicita a las personas encuestadas que califiquen su vida en una escala del 0 al 10, siendo 0 la peor vida posible y 10 la mejor. Además de esta autoevaluación, el ranking considera seis factores clave que influyen en la percepción de felicidad:
1.- Producto Interno Bruto (PIB) per cápita: refleja el nivel de riqueza y desarrollo económico de un país.
2.- Esperanza de vida saludable: indica el promedio de años que se espera que una persona viva con buena salud.
3.- Apoyo social: evalúa la percepción de tener alguien en quien confiar en momentos difíciles.
4.- Libertad para tomar decisiones de vida: mide la percepción de libertad en la toma de decisiones personales.
5.- Generosidad: se basa en las donaciones recientes y la disposición a ayudar a otros.
6.- Percepción de la corrupción: analiza la confianza en las instituciones públicas y la percepción de corrupción en el gobierno y las empresas.
Estos factores se combinan para obtener una puntuación promedio que determina la posición de cada país en el ranking.
Este informe abarca a más de 150 países, proporcionando una visión global del bienestar. En 2025, algunos países destacan por sus posiciones en el ranking y las políticas implementadas para mejorar la felicidad de sus ciudadanos:
Finlandia: Lidera el ranking por octavo año consecutivo. Su éxito se atribuye a políticas que fomentan la igualdad, un sólido estado de bienestar, educación de calidad y altos niveles de confianza social.
Países Nórdicos (Dinamarca, Islandia, Suecia): Estos países consistentemente ocupan los primeros lugares, gracias a sistemas de bienestar robustos, equilibrio entre trabajo y vida personal, y sociedades inclusivas.
México: En el informe de 2025, México ascendió al top 10 de los países más felices. Este avance se ha relacionado con la importancia de las relaciones familiares y comunitarias, así como con la resiliencia cultural.
A pesar de que el derecho a la felicidad no siempre está explícito en las constituciones, se puede interpretar con base en el derecho constitucional, a través principios como son:
- Derechos humanos y el bienestar social: vinculando la felicidad con derechos fundamentales como la dignidad, el acceso a servicios básicos como salud y la educación.
- Finalidad del Estado: es decir, una finalidad u objetivo del Estado, es garantizar el bienestar de sus ciudadanos, esto se puede interpretarse como un mandato para garantizar condiciones que permitan el acceso la felicidad.
- Control de constitucionalidad: en algunos países, los tribunales han interpretado derechos relacionados con la felicidad, por ejemplo, en Japón y Corea del Sur, donde el derecho a la búsqueda de la felicidad ha servido como base para decisiones en materia de privacidad y equidad.
- Políticas Públicas: Estados como Bután han utilizado el derecho a la felicidad como un criterio para evaluar el éxito de sus políticas públicas.
Tomando como punto de referencia la declaración de independencia de los Estados Unidos de 1776, la cual establece “… that all men are created equal, that they are endowed by their Creator with certain unalienable Rights, that among these are Life, Liberty and the pursuit of Happiness. That to secure these rights, Governments are instituted among Men, deriving their just powers from the consent of the governed…” (Que todos los hombres son creados iguales, que son dotados por su Creador de ciertos derechos inalienables, que entre éstos están la vida, la libertad y la búsqueda de la felicidad; que para asegurar estos derechos se instituyen entre los hombres los gobiernos, que derivan sus justos poderes del consentimiento de los gobernados).
Así como otras constituciones que han incorporado el concepto de felicidad, aunque con diferentes enfoques, como lo son:
Bután: su Constitución de 2008 establece que el Estado debe promover la “Felicidad Nacional Bruta” (FNB) como un principio rector del desarrollo.
Japón: su Constitución de 1947 menciona en su artículo 13 que todas las personas tienen derecho “a la búsqueda de la felicidad” en la medida en que no interfiera con el bienestar público.
Corea del Sur: en su Constitución, el artículo 10 establece que “todas las personas tienen derecho a la búsqueda de la felicidad”.
Brasil: no señala directamente la felicidad, pero en su preámbulo y principios fundamentales se reconoce el bienestar como objetivo del Estado.
Venezuela: su Constitución de 1999, en su preámbulo incluye el derecho a una “vida digna y feliz”.
Se puede apreciar que la felicidad está estrechamente ligada a la constitución, su constitucionalidad y en consecuencia a los fines del Estado en su papel de guardián de los derechos fundamentales y humanos de las personas. Por lo tanto, la felicidad y los derechos humanos están intrínsecamente relacionados. Toda vez que se considera que los países que garantizan y protegen los derechos humanos y fundamentales suelen reportar mayores niveles de felicidad entre sus ciudadanos.
La libertad de expresión, el acceso a la educación, la igualdad de género y la ausencia de discriminación son componentes que contribuyen al bienestar general. El respeto a los derechos humanos propicia sociedades más justas y equitativas, lo que redunda en una mayor confianza en las instituciones y en una percepción positiva de la vida. Es por esto por lo que, el Ranking Mundial de la Felicidad pretende ofrecer una perspectiva integral del bienestar en diferentes naciones, destacando la importancia de factores económicos, sociales y de gobernanza en la percepción de felicidad de las personas.
A manera de reflexión sobre los hechos e ideas vertidas, vale la pena, antes de estallar en júbilo, detenerse a analizar el contexto en el que México pasa del lugar 25 en el 2024 al lugar 10 en el informe del Ranking Mundial de la Felicidad en 2025. Para ello debe de tenerse en cuenta que, así como México ha subido y bajado en dicho ranking, lo mismo ocurre con el resto de los 149 países, es decir, no exclusivamente se sube de posición por ser el país con una población más feliz, sino también porque en otros países hay población más infeliz o menos feliz.
También es importante recordar que una de las características del pueblo mexicano es esa asombrosa capacidad de sobreponerse a las condiciones más adversas y hacer mofa y bromas de sus desgracias, con base en la solidaridad, apoyo mutuo, apego a la familia y sus raíces culturales; esa podría ser una más de las razones por las cuales subió 10 posiciones, colocándose en el lugar número 10, a pesar de los altos índices de desbordada inseguridad, feminicidios, homicidios, un alto número de ejecuciones de candidatos a puestos de elección popular en medio del perdido electoral del 2024. Por su parte también se debe de tener presente el descontento que se da en otros países, un caso que lo ejemplifica es lo vivido por los estadounidenses durante la administración Biden, con el tema migratorio y su impacto económico, factor que generó descontento en sectores de la población estadounidense y que influyó en la percepción de la felicidad de los ciudadanos en ese país, por señalar un ejemplo.
Si bien la felicidad es aspiracional, su búsqueda constante y permanente es un derecho humano, también es oportuno reconocer que dicha aspiración es subjetiva, por consiguiente, las mediciones de la felicidad y la posición en el ranking mundial se deben de considerar como indicadores guia y no como verdades absolutas en virtud de que la percepción de felicidad e infelicidad es multifactorial. Precisamente es esa característica la que la convierte en una búsqueda constante como lo entendieron y plasmaron los padres fundadores.